Señor director:

Seis años se cumplirán desde el ingreso del proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia que, entre otras cosas, busca sancionar los tipos de violencia contra la mujer y robustecer las respuestas institucionales a las víctimas. Pese al anhelo y apoyo transversal, la excesiva amplitud y complejidad del proyecto ha resultado en la dilatación de su tramitación. Lo anterior ha forzado a explorar otros caminos más efectivos para sancionar los distintos tipos de violencia de género.

Con ese objetivo, en los últimos años se han aprobado distintas leyes, por separado, que buscan condenar las diferentes manifestaciones de violencia contra la mujer (muchas de ellas incluso incluidas en el proyecto de ley). Entre ellas, la ley Gabriela que amplió el delito de femicidio a relaciones de pololeo, la ley que sanciona el acoso sexual en espacios públicos, las leyes sobre Deudores de Pensiones de Alimento, y la ley de monitoreo telemático que supervisa la prohibición de acercamiento en casos de violencia intrafamiliar. Todas, ejemplo de la celeridad con la que se aprueba un proyecto cuando este es específico y concreto en aquello que busca sancionar.

En este punto, vale la pena preguntarse si no es más conveniente adoptar esa estrategia cuya efectividad ha dado frutos, en lugar de una noble, pero hasta ahora poco efectiva forma de abordar el problema en su total dimensión.

Carta por Emilia García, Investigadora de Políticas Publicas de IdeaPaís, publicada por diario La Tercera en la edición del 09 de diciembre de 2022.