El reciente libro publicado por el CEP, “Disparidad bajo la lupa: radiografía a las brechas de género en Chile”, entrega nueva evidencia sobre las desigualdades y barreras que aún persisten entre hombres y mujeres.
La solución a estos problemas, en parte, requiere de políticas públicas concretas. Sin embargo, la discusión constitucional también permite abordarlo desde una perspectiva mucho más integral, pues no se trata sólo de un problema de las mujeres, sino de uno de orden social, que nos afecta a todos, y que tiene que ver con cómo pensamos -y hemos desarrollado- nuestra vida en sociedad.
En este sentido una discusión seria y profunda sobre instituciones como la familia y la manera en que su debilitamiento ha afectado la cohesión social (y las múltiples consecuencias que ello tiene en diversos ámbitos, como en el deterioro de las redes de apoyo y los deberes de cuidado), son relevantes a la hora de discutir sobre su consagración a nivel constitucional.
El borrador de los expertos constitucionales da algunas luces positivas para estos efectos. En los fundamentos del orden social, consagra de mejor manera el resguardo de la familia, al establecer un deber para el Estado y la sociedad de protegerla y fortalecerla. Así también le da un rol más activo al Estado para remover los obstáculos y barreras que afectan la igualdad de derechos y la libertad. Consagra que la ley debe favorecer el acceso igualitario de mujeres y hombres a los cargos públicos y promover la participación en condiciones de igualdad. También, dentro del derecho a la seguridad social, incorpora la protección de la maternidad y el embarazo.
Si bien se trata de cuestiones positivas, aún hay espacio para incorporar normas que entreguen mayor contenido al resguardo de la familia y la debida complementariedad entre hombres y mujeres en la vida social. Dos aspectos fundamentales en este sentido, son consagrar el deber de corresponsabilidad entre padres y madres en la familia así como el derecho de cuidado.
Tanto el cuidado como la corresponsabilidad son expresiones del principio de solidaridad que permiten comprender las relaciones interpersonales y la interdependencia entre los miembros de una misma comunidad, y la sociedad en su conjunto, las que se dan en primer lugar y de forma privilegiada en la familia.
La consagración de la corresponsabilidad dentro de la familia, no sólo es un deber de los padres, también exige pensar un sistema social que lo haga posible, orientando la legislación, por ejemplo, en ámbitos laborales para permitir la conciliación de trabajo y familia. Por su parte la consagración del derecho de cuidado, comprendiendo a la familia como principal cuidadora, pone al Estado a su servicio, comprendiendo a las personas como parte de una comunidad y no meros individuos ajenos unos a otros.
Magdalena Vergara, directora de estudios IdeaPaís, publicado por diario El Mostrador edición 05 de abril 2023