Señor Director:

Hace pocos días, la Corte de Apelaciones de Concepción ordenó devolver los descuentos en sus remuneraciones aplicados a casi 90 docentes –representados por el Colegio de Profesores– que no asistieron a dar clases durante las paralizaciones. El fallo exige que municipios y SLEP activen procesos formales antes de ejecutar tales descuentos, como si se tratara de sanciones. Pero la ley no exige sumarios, y la Contraloría lo ha dicho siempre: descontar no es castigar; es cumplir con la legalidad del gasto, la probidad y evitar pagos sin causa.

Así las cosas, exigir garantías propias de un procedimiento sancionatorio desvirtúa esa lógica, y crea cuellos de botella para sostenedores que ya operan con recursos al límite. Eso genera un incentivo perverso: para no quedar atrapados en trámites interminables, muchos podrían terminar sin descontar incluso cuando corresponde, lo que debilitaría el uso honesto de recursos públicos y afectaría gravemente la continuidad educativa.

Si este caso llega a la Corte Suprema, cabe esperar que se recupere la aplicación del principio de proporcionalidad. La educación pública no resiste que lo básico para resguardarla se vuelva impracticable.

Arnau Sarrà es investigador de IdeaPaís. Carta publicada en El Líbero, el 22 de noviembre.